Los ciclomotores, scooters y bicicletas motorizadas están definidos y tratados de manera diferente por la ley de California. En California, no necesita una licencia específica para motocicletas o registro del DMV para scooters y bicicletas motorizadas. Conducir un ciclomotor, por otro lado, requiere un registro válido y una licencia M1 o M2. Operar un ciclomotor en las carreteras de California también requiere un seguro de responsabilidad civil.
- Leyes de scooters motorizados de California
- Leyes de ciclomotores de California
- Leyes de bicicletas eléctricas y motorizadas de California
- Otros vehículos motorizados
- ¿Necesita un seguro para un ciclomotor o scooter en California?
Leyes de scooters motorizados de California
En California, un scooter motorizado (también llamado scooter eléctrico) se define como un vehículo que tiene:
Dos ruedas
Bigote daliniano
Una tabla de suelo sobre la que se puede parar mientras se conduce
Un motor que impulsa el vehículo.
Un scooter motorizado puede tener un asiento para el operador, pero esta no es una característica definitoria de un scooter según la ley de California.
Puede operar un scooter con cualquier clase de licencia de conducir en California. Esto significa que no necesita una licencia específica para scooters , pero sí necesita una licencia de conducir regular. Y aunque los patinetes motorizados son legales en la calle, no necesitan estar registrados en el DMV ni llevar placas de matrícula.
Mientras están en la carretera, los conductores de scooters motorizados deben obedecer las mismas leyes de tránsito y seguridad que todos los demás vehículos. Sin embargo, también existen algunas restricciones específicas para scooters en California:
El conductor debe usar un casco que cumpla con los requisitos del Departamento de Transporte de EE. UU. en todo momento.
Los scooters no se pueden usar en carreteras con un límite de velocidad superior a 25 millas por hora, a menos que haya un carril para bicicletas, en cuyo caso el scooter solo se puede usar dentro de este.
Al igual que con otros vehículos, los scooters motorizados no deben operarse en las aceras.
En los scooters no puede haber un pasajero, solo el conductor.
Los scooters motorizados no deben conducirse a más de 15 millas por hora en la carretera.
Estas normas se aplican a los scooters motorizados estándar. Los scooters de movilidad, por otro lado, se pueden conducir hasta a 30 millas por hora en la carretera. Sin embargo, esta ley solo se aplica a los scooters de movilidad operados por personas mayores o con discapacidad física.
Leyes de ciclomotores de California
Un ciclomotor en California es un vehículo con las siguientes características:
Dos o tres ruedas: los vehículos de cuatro ruedas generalmente se consideran automóviles o vehículos todoterreno.
Un motor eléctrico y transmisión automática. Un ciclomotor también puede incluir pedales, si no está completamente propulsado por su motor.
Velocidad máxima de menos de 30 millas por hora en terreno llano
Si su vehículo se denomina «ciclomotor» pero no supera las 20 millas por hora, es probable que cuente como una bicicleta motorizada según la ley estatal. Dichos «ciclomotores» pueden caer en diferentes categorías según la velocidad máxima, por lo que debe confirmar los requisitos potenciales con el DMV antes de operar uno en la vía pública.
Para conducir un ciclomotor en la vía pública, necesitarás tener una licencia de motocicleta M1 o M2. También debe registrar su ciclomotor en el DMV y obtener una placa para el mismo. A diferencia del registro de automóviles, el registro de ciclomotores es un proceso único sin requisito de renovación.
Cuando registre su ciclomotor, también recibirá una tarjeta de identificación del ciclomotor, o tarjeta de registro, que actúa como prueba de propiedad. Debe llevar su tarjeta de identificación del ciclomotor en todo momento cuando opere el ciclomotor. Los conductores de ciclomotores también deben usar un casco de seguridad aprobado cuando circulen por la vía pública.
Leyes de bicicletas eléctricas y motorizadas de California
Las bicicletas motorizadas (también llamadas bicicletas eléctricas) son similares a los ciclomotores, pero la ley de California los trata de manera diferente. Una bicicleta motorizada se define por tener pedales y un motor eléctrico de menos de 750 watts . Hay tres clases diferentes de bicicletas eléctricas:
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Bicicleta eléctrica clase 1: Una bicicleta con un motor eléctrico que se activa cuando el ciclista está pedaleando y se desactiva una vez que la bicicleta alcanza las 20 millas por hora.
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Bicicleta eléctrica de clase 2: Una bicicleta con un motor eléctrico que puede propulsar la bicicleta sin que el ciclista tenga que pedalear. El motor no puede ser capaz de proporcionar asistencia cuando la bicicleta alcanza la velocidad de 20 millas por hora.
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Bicicleta eléctrica de clase 3: una bicicleta con velocímetro y un motor eléctrico asistido por pedal que deja de proporcionar energía una vez que la bicicleta alcanza las 28 millas por hora. Debe tener al menos 16 años para operar bicicletas eléctricas de clase 3.
Las bicicletas eléctricas son legales en las calles de California, pero no necesita una licencia o registro para operar una en la carretera. Sin embargo, los ciclistas eléctricos deben usar un casco de seguridad aprobado por el DOT si son menores de 18 años o si manejan una bicicleta eléctrica de clase tres. Además, las bicicletas eléctricas solo pueden ser manejadas por una persona a la vez, no puedes llevar pasajeros.
Otros vehículos motorizados
Hay algunas clases adicionales de vehículos motorizados, algunos de los cuales son legales en las calles de California.
Clase
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Calle legal?
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leyes
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Motocicletas | Sí | Una motocicleta se define como un vehículo de dos o tres ruedas y un motor de 150 centímetros cúbicos (cc) o más. Para andar en motocicleta en California, generalmente necesita una licencia de motocicleta M1, comprobante de seguro y un casco aprobado por el DOT. Si tu motocicleta es de tres ruedas o sidecar, solo necesitas una licencia Clase C. |
Ciclo impulsado por motor | Solo carreteras locales | Una bicicleta impulsada por motor es como una motocicleta pero con un motor de 149 cc o menos, por lo que no se puede conducir en autopistas. Conducir una motocicleta impulsada por motor requiere registro en el DMV y una licencia de motocicleta M1. |
Bicicleta sucia | Mayormente no | La regulación de las motos todoterreno en California es una situación compleja que involucra estándares de emisiones, años de modelo y modificaciones requeridas. Consulte con el DMV para ver si su bicicleta es elegible para uso en la calle. |
Mini bicicletas | No | También conocidas como bicicletas de bolsillo o mini motocicletas, las mini bicicletas no son legales en las calles de California. |
¿Necesita un seguro para un ciclomotor o scooter en California?
Andar en ciclomotor en California requiere cobertura de seguro, mientras que andar en scooter motorizado no.
No es necesario que tenga un seguro mientras opera un scooter motorizado en California; esta cobertura es completamente opcional. Por otro lado, los ciclomotores tienen los mismos requisitos de seguro que las motocicletas . Para conducir un ciclomotor en California, debe tener una cantidad mínima de seguro de responsabilidad civil:
$15,000 de cobertura de lesiones corporales por persona
$30,000 de cobertura de lesiones corporales por accidente
$5,000 de cobertura de daños a la propiedad por accidente
Si arrendó o financió su ciclomotor, su prestamista puede hacer cumplir su propio conjunto de requisitos de seguro como parte del contrato de préstamo. Estos requisitos pueden exigir que compre cobertura por encima y más allá de los mínimos estatales.